Servicios Profesionales

de Alta Complejidad en Perú
Análisis de viabilidad técnica

Proceso enmarcado en la adecuada observancia de las normas que regulan la evaluación psicológica forense.

Análisis Procedimental del Proceso

Exploración pautada sobre aspectos  procedimentales, establecidos en las guías y protocolos oficiales.

Análisis Metodológico de Factores Críticos

Identificación de debilidades técnicas, déficit en la gestión metodológica del proceso y, riesgos probatorios.

Análisis e Integración de Resultados

Presentación de hallazgos  y conclusiones (contrapericia) en el Informe  Psicológico Pericial Posfacto.

Servicios Especializados en

PSICOLOGÍA FORENSE

Enfoque Profesional basado en la Equidad Procesal

Diseñados para abogados, estudios jurídicos y operadores de justicia que requieren análisis técnico riguroso, solidez metodológica y criterio forense especializado en evaluaciones psicológicas con impacto judicial en contextos forenses de alta complejidad.

Opiniones sobre Servicios Especializados

EXPERTOS INTERNACIONALES

La labor profesional a nivel global, transita por la línea del principio de "equidad procesal"

Las evaluaciones psicológicas aportan a los Sistemas de Justicia Reformados de Iberoamérica; las auditorías periciales, igualmente, son muy necesarias.
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José Alba Robles Presidente IBERCRIMA
Impulsar una eficiente actuación profesional en Psicología Jurídica, es fundamental, tanto para evaluar como para revisar lo evaluado.
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João Carlos A. Presidente ABPJ
La Psicología Legal y Forense, es  actualmente una tendencia, pues aporta elementos periciales en diversos ámbitos judiciales.
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Bernat-N Tiffon Consultor - Perito

FUNDAMENTOS SOBRE

EVALUACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE

DOS LÍNEAS DE EVALUACIÓN CON RIGOR CIENTÍFICO

La práctica profesional se sustenta en el sólido conocimiento de la dinámica procedimental y metodológica del proceso de evaluación clínica forense de las dimensiones psicológicas (capacidades intelectuales, cognitivas y emocionales, así como de las habilidades personales) que permite detectar o no, la existencia o evidencia de indicadores conductuales vinculados con déficits, áreas problemáticas y/o rasgos psicopatológicos de la persona evaluada (presunta víctima o imputado o ciudadanos en proceso de tratamiento).

En dicho sentido, el servicio profesional se fundamenta en la aplicación del método científico a la Psicología Clínica-Legal y Forense. A este proceso se le denomina uso del "Método Clínico Legal" para llegar a conclusiones mediante razonamiento analógico y deductivo. Procedimentalmente la evaluación psicológica consiste en seguir normas y reglas del método científico para la resolución de problemas clínicos legales; es oportuno precisar que el método científico es uno sólo y se aplica a todas las ciencias.

El uso del método científico en la Psicología, se operativiza mediante la aplicación de la técnica del examen clínico (anamnesis, análisis e interpretación de resultados, conclusiones o diagnóstico). Desde esta perspectiva metodológica y científica, la intervención psicológica sigue las mismas reglas del examen clínico y, por tanto, se puede dar bajo dos modalidades:

El examen psicológico clínico-forense: este proceso evaluativo se basa en la aplicación de la siguiente estructura tipo: datos de la persona evaluada, motivo de evaluación, instrumentos y/o técnicas utilizadas, análisis e interpretación de resultados y conclusiones. Cada proceso evaluativo genera un sólo Protocolo de Pericia Psicológica o Informe Psicológico Pericial. Un aspecto de fundamental relevancia metodológica en el contexto clínico-forense, es el uso adecuado de la entrevista cognitiva, como técnica o instrumento de evaluación. En contexto de DCLS en NNA se adiciona al procedimiento de la Entrevista Única en Cámara Gesell.

El estudio forense posfacto: este proceso evaluativo se realiza mediante el análisis de protocolos de pericias psicológicas o de informes psicológicos periciales (piezas procesales donde se identifican las partes de un todo, se separan y examinan para lograr acceder a sus principios más elementales) con el propósito de formular una síntesis (resumen lógico y ordenado) o conclusiones del documento analizado. Esto produce el Informe Psicológico Pericial Posfacto. Puede efectuarse el proceso a los contenidos del Acta de Entrevista Única en Cámara Gesell, debido al requerimiento técnico.

EL SERVICIO PROFESIONAL

La prestación del servicio profesional constituye una herramienta de trabajo del debido proceso, por tanto, constituye elemento fundamental de una justa equidad procesal en juicios civiles, laborales, penales y, otros. El objetivo es analizar evidencias psicológicas para propósitos judiciales, así como brindar asesoría sobre diversos tópicos vinculados al ámbito jurídico. En esta línea de ejercicio profesional, se aplican las "4 As", que serán materia de explicación en procesos formativos y, que dan forma a un material bibliográfico que en breve se difundirá.

Este es el marco teórico regulatorio de la prestación del servicio profesional en el ámbito jurídico. La labor como PERITO DE PARTE en el sector privado, se da en un contexto de fortalecimiento de las políticas públicas anticrimen, de optimización de la seguridad jurídica y, de la mejora en la prestación de servicios, públicos, con base en el "principio de equidad procesal" de los Sistemas de Justicia de Reformados de Iberoamérica.

Confiabilidad metodológica: 4A + Criterios Daubert 

En la Evaluación Psicológica Pericial Posfacto aplicamos la metodología de las 4A, como ruta principal: 1) Análisis de viabilidad técnica, 2) Análisis procedimental del proceso, 3) Análisis metodológico de factores críticos y, 4) Análisis e integración de resultados, esto es, en el marco de la normatividad vigente.

De manera complementaria, pueden incorporarse criterios internacionales de confiabilidad científica inspirados en el estándar Daubert, especialmente cuando el caso exige revisar la idoneidad de técnicas, instrumentos, inferencias diagnósticas, control de sesgos, límites interpretativos y coherencia entre hallazgos y conclusiones.

Estos criterios no reemplazan la normativa peruana ni convierten el informe posfacto en una nueva evaluación psicológica directa. Funcionan como filtro técnico adicional para valorar si la pieza pericial revisada se apoya en métodos contrastables, estándares reconocibles, control de error, aceptación en la comunidad especializada y aplicación prudente al caso concreto.